La nueva Ley de Migración aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) del régimen cubano asegura que los residentes en el exterior podrán mantener sus propiedades en la Isla. Así lo destacó el primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior (MININT).
El discurso oficial y la realidad
En su presentación ante los diputados, Méndez Mayedo subrayó que el nuevo texto legal dispone que los ciudadanos cubanos residentes en el exterior, en correspondencia con el artículo 58 de la Constitución, tienen derecho al uso, disfrute y libre disposición de los bienes de su propiedad, de conformidad con lo establecido en la ley.
En un contexto socioeconómico marcado por una aguda crisis y el éxodo masivo de más de dos millones de cubanos que, según cifras oficiales, han viajado al exterior desde 2013, los diputados de la ANPP aprobaron (una vez más por unanimidad) la nueva Ley de Migración que actualiza la legislación migratoria para alinearla con las condiciones actuales de Cuba.
Antes de la votación, según recogió el reporte del NTV, la diputada Yenisey González Rodríguez insistió: “Se debe seguir explicando que con este proyecto de Ley no se limita el ejercicio a los derechos patrimoniales. Hablando en buen cubano: No se pierden las propiedades que tengan en nuestro país, lo cual es una de las preocupaciones fundamentales que tiene nuestra población”.
En sentido general, la nueva legislación establece que los ciudadanos cubanos tienen los derechos que se establecen en la Constitución vigente, de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, de acuerdo con las regulaciones de la ley aprobada, la Ley de Extranjería y sus respectivos reglamentos.
Acorde a lo recogido en la Ley de Migración, también se suprime el tiempo de estancia de 24 meses en el exterior y la designación de migrante por esta razón. Además, los cubanos que permanezcan fuera de Cuba por más de 24 meses podrán heredar y mantener propiedades, siempre que cumplan con las normativas y procedimientos administrativos establecidos.
En ese sentido, los reglamentos que desarrollen los preceptos legales contemplados en la nueva legislación resultarán claves para verificar la magnitud del giro implementado por las autoridades del régimen cubano, que históricamente ha despojado a los cubanos de sus derechos y propiedades una vez considerados como emigrantes.
Residencia efectiva migratoria y otras reformas
Uno de los aspectos novedosos en el texto es la definición de la “Residencia Efectiva Migratoria” que podrán solicitar aquellos emigrantes que acrediten “su arraigo en el país, mediante la combinación de un período de permanencia en el territorio nacional con otras evidencias o actos que demuestren su interés de residir en él”.
Otra de las reformas más significativas es la eliminación del límite de 24 meses para la estancia en el exterior sin perder la residencia en Cuba, una medida en moratoria desde la pandemia de COVID-19. Esto facilita el regreso al país a quienes residen en el extranjero, sin restricciones temporales.
El gobierno cubano asegura que su intención con esta ley es fortalecer los vínculos con sus ciudadanos residentes en el exterior y adoptar mejores prácticas internacionales en la atención al migrante.
Sin embargo, en la nueva norma hay categorías como "persona de interés público" y "razones de defensa y seguridad nacional", que el Estado usa para impedir que opositores, periodistas independientes, activistas y profesionales como los médicos, puedan salir o entrar al país, designándolos como "regulados".
El Ministerio del Interior, a través de la Dirección de Identificación, Migración, Extranjería y Ciudadanía, será la autoridad encargada de ejecutar y controlar la política migratoria. El Ministerio de Relaciones Exteriores se ocupará de dar asistencia consular a los ciudadanos cubanos en el exterior.